Directive 2014 53 eu

Directiva 2014 53 eu pdf

Acogemos con satisfacción las mejoras introducidas en el proyecto, como la definición actualizada de “equipo radioeléctrico conectado a Internet”. Con esta terminología, los dispositivos que podrían presentar riesgos de ciberseguridad están suficientemente cubiertos.

Sin embargo, el uso de “puede” todavía parece capturar el mal uso de los equipos más allá de lo que el fabricante puede prever, lo que va más allá del Art. 17 RED y el uso previsto descrito en las instrucciones disponibles para el usuario final.

El requisito esencial establecido en el artículo 3.3, letra d), de la Directiva 2014/53/UE se aplicará a cualquier equipo radioeléctrico que pueda estar destinado a comunicarse por sí mismo a través de Internet, tanto si se comunica directamente como a través de cualquier otro equipo (“equipo radioeléctrico conectado a Internet”).

Volvemos a insistir en que los dispositivos que plantean más riesgos ya están cubiertos por las categorías de “dispositivo conectado a Internet” y “dispositivo portátil”, y que no vemos la necesidad de ampliar la definición para los dispositivos de juguete.

Una ampliación del ámbito de aplicación a todos los equipos radioeléctricos diseñados o destinados, de forma exclusiva o no, a ser llevados, atados o colgados de cualquier parte del cuerpo humano o de cualquier prenda de vestir parece desproporcionada con respecto a los riesgos identificados.

2011/65/eu

La Directiva 2014/53/UE (Directiva sobre equipos radioeléctricos) del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos radioeléctricos, entró en vigor el 13 de junio de 2016 y sustituye a la antigua Directiva 1999/5/CE sobre equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación, con un período de transición de un año a partir de la fecha de adopción. La nueva Directiva sobre equipos radioeléctricos (Directiva RED) exige que los equipos se construyan para un uso eficiente del espectro radioeléctrico, de modo que se eviten las interferencias perjudiciales con las comunicaciones terrestres y orbitales.Por lo tanto, la Directiva RED establece los requisitos esenciales para garantizar un alto nivel de protección del interés público.Más información:¿Está interesado en saber más sobre cómo podemos ayudarle a cumplir el Reglamento sobre equipos radioeléctricos? Póngase en contacto con nosotros y uno de nuestros expertos se pondrá en contacto con usted.

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Directiva sobre equipos radioeléctricos deutsch

Nombre corto:Equipos radioeléctricosBase:Directiva 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la comercialización de equipos radioeléctricos y por la que se deroga la Directiva 1999/5/CE Texto pertinente a efectos del EEE. Aplicable a partir del 13 de junio de 2016.

(aplicable hasta el 12 de junio de 2016)Directiva 1999/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación y reconocimiento mutuo de su conformidad.

DO L 91 de 7 de abril de 1999Según el artículo 48 de la Directiva 2014/53/UE, se ha concedido un período transitorio entre la Directiva 1999/5/CE y la Directiva 2014/53/UE, por lo que la Directiva 1999/5/CE es aplicable a elección del operador económico hasta el 12 de junio de 2017Guía de aplicación:Punto de contacto de la Comisión Europea:Dirección General de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y PymesEmail

Directiva sobre equipos radioeléctricos

La directiva de equipos radioeléctricos 2014/53/UE (RED) establece un marco regulador para la comercialización de equipos radioeléctricos. Garantiza un mercado único de equipos radioeléctricos al establecer requisitos esenciales de seguridad y salud, compatibilidad electromagnética y uso eficiente del espectro radioeléctrico. Además, sienta las bases para una normativa posterior que regule algunos aspectos adicionales. Entre ellos se encuentran las características técnicas para la protección de la privacidad, los datos personales y contra el fraude. Además, los aspectos adicionales cubren la interoperabilidad, el acceso a los servicios de emergencia y el cumplimiento en relación con la combinación de equipos de radio y software.Una solución de tarificación común para todosAntecedentes, lo que está haciendo la Comisión Europea, análisis y próximos pasos.Actualización de las letras d), e) y f) del apartado 3 del artículo 3 La Comisión refuerza la ciberseguridad de los equipos de radio. La Comisión ha adoptado un acto delegado de la Directiva sobre equipos radioeléctricos que activa las letras d), e) y f) del apartado 3 del artículo 3 para determinadas categorías de equipos radioeléctricos con el fin de aumentar el nivel de ciberseguridad, protección de datos personales y privacidad.Anteriormente, la Comisión autorizó a un contratista a realizar un estudio de evaluación de impacto sobre la protección en los equipos radioeléctricos conectados a Internet y los equipos radioeléctricos vestibles.

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