Ley 22 2015

Aplicación de la Ley Nacional de Conservación, 22 de abril de 2015

La coriorretinopatía serosa central (CSC) se caracteriza por el desprendimiento seroso de la retina neural con disfunción de la coroides y del epitelio pigmentario de la retina (EPR). Los efectos sobre la retina suelen ser autolimitados, aunque algunas personas quedan con una pérdida de visión irreversible debido al daño progresivo y permanente de los fotorreceptores o a la atrofia del EPR. Se han utilizado diversas intervenciones en el CSC, entre ellas el tratamiento con láser, la terapia fotodinámica (TFD) y la inyección intravítrea de agentes contra el factor de crecimiento endotelial vascular (anti-VEGF). Sin embargo, no se sabe si estos u otros tratamientos ofrecen ventajas significativas sobre la observación u otras intervenciones. En la actualidad no existe un consenso basado en la evidencia sobre el tratamiento del CSC. Debido en gran parte a la propensión del CSC a resolverse espontáneamente o a seguir un curso creciente y decreciente, el enfoque inicial más común del tratamiento es la observación. Sigue sin estar claro si éste es el mejor enfoque en cuanto a seguridad y eficacia.

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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 17 de diciembre de 2015.#Virpi Komu y otros contra Pekka Komu y Jelena Komu.#Solicitud de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus.#Referencia a una decisión prejudicial – Reglamento (CE) nº 44/2001 – Ámbito de aplicación – Competencia exclusiva – Artículo 22, apartado 1 – Procedimientos relativos a los derechos reales sobre bienes inmuebles – Concepto – Acción de extinción, mediante venta, de la copropiedad en cuotas indivisas de bienes inmuebles.#Asunto C-605/14.

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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 17 de diciembre de 2015.Virpi Komu y otros contra Pekka Komu y Jelena Komu.Petición de decisión prejudicial del Korkein oikeus.Petición de decisión prejudicial – Reglamento (CE) nº 44/2001 – Ámbito de aplicación – Competencia exclusiva – Artículo 22, apartado 1 – Procedimientos relativos a derechos reales sobre bienes inmuebles – Concepto – Acción de extinción, mediante venta, de la copropiedad sobre participaciones indivisas de bienes inmuebles.Asunto C-605/14.

Das Wetter in Deutschland am 22. Abril 2015

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Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 16 de febrero de 2017.#Rumanía/Comisión Europea.#GEFE y FEADER – Medidas relacionadas con la zona – Gastos excluidos de la financiación – Correcciones financieras a tanto alzado – Artículo 52 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 – Obligación de motivación – Proporcionalidad.#Asunto T-145/15.

Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 16 de febrero de 2017.Rumanía/Comisión Europea.FEOGA y FEADER – Medidas relacionadas con la zona – Gastos excluidos de la financiación – Correcciones financieras a tanto alzado – Artículo 52 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 – Obligación de motivación – Proporcionalidad.Asunto T-145/15.

Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 16 de febrero de 2017.Rumanía/Comisión Europea.FEOGA y FEADER – Medidas relacionadas con la zona – Gastos excluidos de la financiación – Correcciones financieras a tanto alzado – Artículo 52 del Reglamento (UE) nº 1306/2013 – Obligación de motivación – Proporcionalidad.Asunto T-145/15.

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Mensaje: Algo más grande que la Ley (22 Feb 2015)

El pasado 20 de julio entró en vigor la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas, cuyo principal objetivo es adaptar la legislación interna española a los cambios incorporados por la Directiva del Parlamento Europeo 2006/CE y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, incrementando la transparencia en la actuación de los auditores y reforzando su independencia y objetividad en el ejercicio de su actividad, pilar básico y fundamental para la plena confianza en el informe de auditoría, y evitar así los síntomas de escepticismo profesional y la posible aparición de determinados conflictos de interés.

Además de la regulación de la propia Auditoría de cuentas, la Ley 22/2015 tiene un papel fundamental en el derecho mercantil, debido a las modificaciones que introduce en el Código de Comercio y en la Ley de Sociedades de Capital, todas ellas tendrán su aplicación a partir del próximo 1 de enero de 2016.

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