Ayudas por enfermedad seguridad social

Prestaciones de la seguridad social

El historial de seguro social de enfermedad incluye los periodos durante los cuales se pagan o deben pagarse las cotizaciones estatales al seguro social de enfermedad, tal y como exige la ley, así como los periodos durante los cuales el asegurado ha recibido prestaciones de enfermedad (incluidas las prestaciones pagadas por el empresario durante los dos primeros días de enfermedad), rehabilitación profesional, prestaciones de maternidad, paternidad y cuidado de los hijos, prestaciones de enfermedad por accidente de trabajo o enfermedad profesional, prestaciones sociales de desempleo y prestaciones de trabajo parcial.

En caso de que una persona no disponga de la cartilla de enfermedad requerida por haber estado de baja por cuidado de hijos, la cartilla de enfermedad se calculará a lo largo del periodo de 24 meses anterior hasta que el hijo cumpla los dos años de edad.

Cuando los asegurados se encuentren en situación de incapacidad laboral temporal debido a una enfermedad o traumatismo o en los casos de brotes y epidemias de enfermedades infecciosas o en los casos de tratamiento en las instituciones sanitarias que prestan servicios ortopédicos y/o protésicos, el empresario abonará un subsidio de enfermedad por los dos primeros días naturales de incapacidad laboral, con la excepción de los asegurados que no tengan una relación laboral o de servicio, para los que no se abonará el subsidio de enfermedad por los dos primeros días de enfermedad temporal. La cuantía del subsidio de enfermedad para los dos primeros días naturales que paga el empresario no será inferior al 62,06% ni superior al 100% del salario medio del beneficiario, calculado según el procedimiento establecido por el Gobierno. A partir del tercer día de incapacidad laboral, el subsidio de enfermedad se abonará con cargo a la Caja Estatal de la Seguridad Social. La cuantía de la prestación por enfermedad pagada con los recursos de la Caja Estatal de la Seguridad Social constituirá el 62,06 por ciento del salario compensatorio del beneficiario.

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Solicitud en línea de la Seguridad Social

Antes del 20 de marzo de 1996, los beneficiarios incapacitados seguían percibiendo el subsidio de búsqueda de empleo, el NSA o la YTA si el periodo de su incapacidad era inferior a 13 semanas, pero eran transferidos al SA si el periodo de su enfermedad superaba las 13 semanas. A continuación, los beneficiarios son transferidos de nuevo al subsidio de búsqueda de empleo, a la ANS o a la ATJ cuando se recuperan.

Los nuevos perceptores que están desempleados pero sufren una incapacidad temporal solicitan ahora el NSA o el YA con incapacidad temporal. Los nuevos solicitantes que tienen un empleo o unos estudios a los que volver cuando se recuperen de la enfermedad o lesión seguirán solicitando y recibiendo el SA.

Formulario de subsidio de enfermedad de la Seguridad Social

Si no puede trabajar, o si lo hace en horario reducido, debido a una enfermedad o a una discapacidad, tiene a su disposición una ayuda económica. Es posible que pueda solicitar la paga de enfermedad reglamentaria (SSP), pagada por su empresa. Si se le ha acabado o no puede solicitarla, puede pedir una prestación de empleo y apoyo (ESA), una ayuda a la autonomía personal (PIP), un crédito universal y otras prestaciones.

Estas prestaciones se pagan si no puedes trabajar o sólo puedes trabajar unas horas a la semana por enfermedad o discapacidad. Para tener derecho a ella, debe haber cotizado a la Seguridad Social durante los últimos dos o tres años.

También puede solicitar el Crédito Universal junto con la prestación legal por enfermedad o la nueva prestación de empleo y asistencia. Es posible que acabe recibiendo más dinero si solicita ambos, sobre todo si paga un alquiler o tiene hijos que mantener.

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Si ya recibes alguna de estas prestaciones y tienes que solicitar el Crédito Universal por enfermedad o discapacidad, estas prestaciones dejarán de existir y cualquier ayuda que necesites para gastos adicionales, como la vivienda o la educación de los hijos, se pagará en su lugar como parte del Crédito Universal.

Requisitos de las prestaciones de enfermedad

Un afiliado puede recibir el subsidio de enfermedad durante un máximo de 120 días en un (1) año natural. La parte no utilizada no puede trasladarse/añadirse al número total de días indemnizables permitidos para el año siguiente.

Las solicitudes de prestaciones de enfermedad se abonarán obligatoriamente a través de la tarjeta de identificación polivalente unificada (UMID) del beneficiario inscrita como tarjeta de cajero automático (ATM). En su defecto, el pago se efectuará a través de los bancos participantes en el Servicio de Desembolso del Banco de Desarrollo de Filipinas (DBP) a través del Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos y Red de Operaciones de Filipinas (PESONet), monederos electrónicos (E-Wallets), o empresas de transferencia de remesas (RTCs)/puntos de pago de efectivo (CPOs) acreditados.

NOTA: El certificado de separación no es necesario para los miembros autónomos y voluntarios (anteriormente empleados) o para aquellos que se separen del empleo en cualquiera de las siguientes condiciones en las que se requerirá la presentación de otro/s documento/s justificativo/s

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