Subsidio familiar – deutsch
La prestación familiar o subsidio familiar es un pago de la seguridad social que se distribuye a los padres o tutores de niños, adolescentes y, en algunos casos, jóvenes adultos. Varios países aplican diferentes versiones del programa. En la mayoría de los países, la prestación por hijo está sujeta a la comprobación de recursos y la cuantía de la prestación por hijo suele depender del número de hijos que se tenga.
Varios programas de transferencias monetarias condicionadas en América Latina y África vinculan el pago a las acciones de los receptores, como la inscripción de los niños en las escuelas, y las revisiones de salud y las vacunas[1]. En el Reino Unido, en 2011 CentreForum propuso una prestación infantil adicional dependiente de las actividades de crianza[2].
En Australia, las prestaciones por hijos se denominan actualmente Family Tax Benefit. La Family Tax Benefit se somete a una prueba de ingresos y está vinculada al sistema australiano del impuesto sobre la renta. Puede solicitarse en forma de pagos quincenales o como una suma global anual. Se puede percibir por los hijos a cargo desde el nacimiento hasta los 24 años. Los hijos mayores de 16 años pueden optar por la prestación juvenil. Los padres de hijos a cargo menores de 16 años también pueden tener derecho a las ayudas de apoyo a los ingresos, incluida la ayuda para la crianza de los hijos y la prestación Newstart para cuidadores principales de niños.
Prestaciones familiares del Reino Unido
El total varía en función de la cuantía de su prestación y del número de miembros de la familia que reúnan los requisitos necesarios en su expediente. Por lo general, el importe total que puede recibir usted y su familia es de entre el 150 y el 180 por ciento de su prestación por incapacidad.
Si su cónyuge tiene derecho a una prestación de jubilación en su propio expediente, siempre abonaremos ese importe en primer lugar. Pero, si la prestación del cónyuge que se paga en su expediente es una cantidad superior, recibirá una combinación de las dos prestaciones que equivale a la cantidad superior.
Cuando usted reúne los requisitos para recibir las prestaciones de incapacidad de la Seguridad Social, sus hijos también pueden reunir los requisitos para recibir las prestaciones en su expediente. Su hijo con derecho a la prestación puede ser su hijo biológico, su hijo adoptivo o su hijastro. Un nieto dependiente también puede tener derecho a las prestaciones.
Normalmente, las prestaciones cesan cuando los hijos cumplen 18 años, a menos que estén incapacitados. Sin embargo, si el hijo sigue estudiando a tiempo completo en un centro de enseñanza secundaria (o elemental) a los 18 años, las prestaciones continuarán hasta que el hijo se gradúe o hasta dos meses después de que cumpla los 19 años, lo que ocurra primero.
Prestación complementaria
El subsidio familiar se abona a los hijos hasta que cumplen 16 años. El subsidio se abona a los hijos que continúan sus estudios hasta que terminan la escuela, o hasta el final del año escolar en el que cumplen 19 años. El año escolar comienza el 1 de septiembre y termina el 31 de agosto (en el último año de secundaria, el 30 de junio).
Ejemplo. Una familia tiene tres hijos: uno de 4 años, otro de 10 y otro de 17 que estudia en un instituto. La familia recibe 60 euros de ayuda por el primer y el segundo hijo, y 100 euros por el tercero, lo que hace un total de 220 euros.
Si nace un nuevo hijo en esa familia, ésta tendrá 4 hijos con derecho a la asignación por hijo. En ese caso, se pagará la prestación de 60 euros por el de 10 y 17 años, y la de 100 euros por el de 4 años y el recién nacido, lo que hace un total de 320 euros.
Si el joven de 17 años termina sus estudios, deja de tener derecho a la asignación por hijo y la familia pasa a cobrar la asignación por tres de sus hijos. En este caso, se pagarán 60 euros por el niño de 10 y 4 años, y 100 euros por el recién nacido, lo que hace un total de 220 euros.
Asignación por hijo – deutsch
Existen tres situaciones posibles en relación con el derecho a la asignación por hijo: los extranjeros que viven en Alemania sólo pueden solicitar fondos públicos para su familia en forma de asignación por hijo según el artículo 62, apartado 2, de la EStG si previamente se les ha concedido un permiso de establecimiento ilimitado u otro permiso de residencia que permita el acceso a la asignación por hijo.
Para los ciudadanos de la UE y los suizos se aplican normas diferentes. Basta con que hayan fijado su residencia permanente o estén sujetos al impuesto sobre la renta por tiempo indefinido en Alemania para tener derecho a la asignación por hijos.
Los ciudadanos de los Estados que gozan del mismo estatuto (Argelia, Bosnia-Herzegovina, Kosovo, Marruecos, Montenegro, Serbia, Túnez y Turquía) también pueden tener derecho a la prestación por hijos a cargo si tienen un contrato de trabajo o reciben prestaciones por desempleo o enfermedad en Alemania.
Los trabajadores desplazados a Alemania por su empleador no tienen en ningún caso derecho a la prestación por hijos; en este caso, la existencia de un permiso de residencia permanente u otro permiso de residencia es irrelevante.