Real decreto ley 19 2018

CÓMO SALVAR UNA DEMOCRACIA CONSTITUCIONAL –

El objetivo de este boletín es exponer las principales modificaciones introducidas en el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre (la “LMV”) a través del Real Decreto-Ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera (“RDL 19/2018”), para adaptar la LMV a la normativa sobre abuso de mercado[1] (el “SAM”).

Antes de la entrada en vigor del RDL 19/2018, la distinción entre los conceptos de información privilegiada e información relevante en muchas ocasiones reflejaba dudas al respecto. El RDL 19/2018 ha modificado los artículos 226 y 227 de la LMV, relativos a la información privilegiada y relevante, respectivamente. La nueva redacción define ambos conceptos de la siguiente manera:

– Será información privilegiada toda aquella que pueda ser considerada como tal de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la LMV. En concreto, el apartado 1.a) de dicho artículo la define como “la información de carácter concreto, que no se haya hecho pública, relativa, directa o indirectamente, a uno o varios emisores o a uno o varios instrumentos financieros, y que, de hacerse pública, podría influir de manera apreciable sobre la cotización de dichos instrumentos financieros o sobre la cotización de los instrumentos financieros derivados relacionados”.

Palabras de despedida de Lord Sumption

El 8 de junio de 2022, se publicaron en el Boletín Oficial de Chipre las enmiendas a la Ley de Contribución Especial para la Defensa (“enmiendas a la Ley”) que modifican la gama de contribuyentes que pueden acogerse a la tributación del 3%…

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Descritos de forma sencilla, los productos estructurados son un contrato con un banco o emisor y el contrato tiene un resultado predefinido que, si se cumplen ciertas condiciones, el inversor recibirá una tasa de rendimiento o un cupón determinado.

Lo necesitamos para poder emparejarle con otros usuarios de la misma organización. También forma parte de la información que compartimos con nuestros proveedores de contenidos (“Colaboradores”) que aportan Contenidos de forma gratuita para su uso.

Tensión arterial: ¿Cómo de alta es la tensión y cómo la bajo?

Comercio electrónico: La entidad que (i) vende bienes u ofrece servicios a los usuarios a través de su página web o dispone de una plataforma donde las empresas de comercio electrónico pueden ofrecer sus bienes o servicios y los usuarios pueden adquirirlos, y pretende poner a disposición de sus clientes o usuarios la posibilidad de pagar mediante una transferencia bancaria ordenada por el cliente final e iniciada a través de Morpheus Aiolos.

Servicio de iniciación de pagos: servicio que permite iniciar una orden de pago a petición del usuario del servicio de pago con respecto a una cuenta de pago mantenida en otro proveedor de servicios de pago, siempre que se pueda acceder a la cuenta de pago correspondiente en línea.

Credenciales/contraseñas de seguridad personalizadas: elementos personalizados que el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta ofrece al usuario de servicios de pago a efectos de autenticación para iniciar una operación de pago bancaria en línea en el sitio web oficial del proveedor de servicios de pago gestor de cuenta.

Autenticación: procedimiento que permite al proveedor de servicios de pago verificar la identidad de un usuario de servicios de pago o la validez del uso de un instrumento de pago específico, incluido el uso de las credenciales de seguridad personalizadas del usuario.

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ISDS y Propiedad Intelectual en 2020 – Proteger al público

El 24 de noviembre se publicó el Real Decreto 19/2018, sobre servicios de pago y otras medidas urgentes para el sector financiero. En él se desarrolla, entre otras*, la Directiva 2015/2366 de la UE sobre servicios de pago, conocida como PSD2 (Payment Service Providers).

Definidos como la actividad comercial que permite el pago y la retirada de efectivo de una cuenta de pago junto con todas las operaciones que puedan ser necesarias para su gestión, las transferencias de fondos, la ejecución de operaciones de pago cuando los fondos están cubiertos por una línea de crédito y los giros postales. Una novedad de la ley es la ampliación del ámbito de regulación para incluir dos nuevos servicios de pago que impulsan la innovación:

La ley regula el régimen de transparencia en la medida en que incide en las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago, respetando a su vez el principio de libertad contractual cuando el usuario del servicio de pago no es un consumidor ni una microempresa. El proveedor de servicios de pago debe dar al usuario toda la información y las condiciones sobre la prestación del servicio de pago de forma gratuita y en un formato fácilmente accesible; pero puede establecer cargos por la comunicación posterior.

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