Ley de gobernanza de datos
La Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3) ha sido modificada sustancialmente. Dado que deben introducirse nuevas modificaciones, conviene refundir dicha Directiva en aras de la claridad.
De conformidad con el artículo 13 de la Directiva 2003/98/CE y cinco años después de la adopción de la Directiva 2013/37/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (4), que modificó la Directiva 2003/98/CE, la Comisión, tras consultar a las partes interesadas pertinentes, evaluó y revisó el funcionamiento de la Directiva 2003/98/CE en el marco de un programa de adecuación y eficacia de la reglamentación.
Tras la consulta a las partes interesadas y a la luz del resultado de la evaluación de impacto, la Comisión consideró que era necesario actuar a nivel de la Unión para abordar los obstáculos restantes y emergentes a una amplia reutilización de la información del sector público y financiada con fondos públicos en toda la Unión, con el fin de actualizar el marco legislativo con los avances de las tecnologías digitales y seguir estimulando la innovación digital, especialmente en lo que respecta a la inteligencia artificial.
Propuesta de ley de datos
Cuando, debido a la amplitud o complejidad de la solicitud, la tramitación vaya a durar más de 20 días laborables a partir de la recepción de la solicitud, el organismo del sector público en cuestión deberá avisar al solicitante en un plazo de tres semanas a partir de la recepción de la solicitud inicial. En tales circunstancias, el organismo del sector público deberá responder íntegramente a la solicitud en un plazo de 40 días hábiles a partir de la recepción de la misma.
Si no está satisfecho con la decisión del organismo público sobre su solicitud, puede apelar a la Oficina del Comisario de Información, que es un organismo de apelación independiente y tiene la facultad de afirmar, anular o modificar la decisión del organismo público.
Directiva Psi
Ahora puede ser más fácil para las empresas privadas reutilizar los datos de investigación generados por el sector público. Gracias al decreto legislativo italiano nº 200 de 2021 por el que se aplica la Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y a la reutilización de la información del sector público, la reutilización de los datos de investigación -ya sea con fines comerciales o no comerciales- podrá llevarse a cabo siempre que se respeten los derechos de propiedad intelectual y los derechos de privacidad.
En otras palabras, si los datos de investigación son anónimos y no incluyen propiedad intelectual, la reutilización libre es posible siempre que dichos datos de investigación se generen con financiación pública y sean puestos a disposición por los investigadores o las instituciones de investigación a través de bases de datos públicas. Los datos de investigación deben cumplir con los principios de encontrabilidad, accesibilidad, interoperabilidad y reutilización (FAIR).
¿Qué son los “datos de investigación”? Por datos de investigación se entiende “los documentos en formato digital, distintos de las publicaciones científicas, que se recogen o producen en el curso de actividades de investigación científica y se utilizan como prueba en el proceso de investigación, o que son comúnmente aceptados en la comunidad investigadora como necesarios para validar las conclusiones y los resultados de la investigación”.
Directiva de datos abiertos
La Directiva 2003/98/CE relativa a la reutilización de la información del sector público, conocida como Directiva ISP,[2][3] ahora llamada Directiva de Datos Abiertos,[4] es una directiva de la UE que estipula los requisitos mínimos para los Estados miembros de la UE en cuanto a la puesta a disposición de la información del sector público para su reutilización. Esta directiva proporciona un marco legislativo común para este ámbito. La Directiva es un intento de eliminar las barreras que dificultan la reutilización de la información del sector público en toda la Unión.
La Directiva ISP fue modificada de nuevo en 2019, convirtiéndose en la Directiva de Datos Abiertos (Directiva (UE) 2019/1024 relativa a los datos abiertos y a la reutilización de la información del sector público), que entró en vigor el 16 de julio de 2019.[4] Consistía en una revisión de la directiva de información del sector público de 2003, que ya había sido modificada previamente por la directiva 2013/37/UE.[4][5] Los Estados miembros tenían hasta el 16 de julio de 2021 para transponer la nueva directiva a la legislación nacional.
Cada día los organismos públicos crean y recopilan una cantidad masiva de datos valiosos procedentes de muchos ámbitos diferentes, la necesidad de abrir los datos del sector público no es algo nuevo, y la Unión Europea comenzó a estimular la reutilización de los datos de las administraciones públicas desde finales de la década de 1980[6].