Directiva 2002 58 ce

Código de comunicaciones electrónicas

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Directiva 95/46/CE

La información se intercambia a través de los servicios públicos de comunicación electrónica, como Internet y la telefonía móvil y fija, y a través de las redes que los acompañan. Estos servicios y redes requieren normas y salvaguardias específicas para garantizar el derecho de los usuarios a la intimidad y la confidencialidad.

Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).

La información se intercambia a través de los servicios públicos de comunicación electrónica, como Internet y la telefonía móvil y fija, y a través de las redes que los acompañan. Estos servicios y redes requieren normas y salvaguardias específicas para garantizar el derecho de los usuarios a la intimidad y la confidencialidad.

Establece normas para garantizar la seguridad en el tratamiento de los datos personales, la notificación de las violaciones de los datos personales y la confidencialidad de las comunicaciones. También prohíbe las comunicaciones no solicitadas cuando el usuario no ha dado su consentimiento.

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Directiva de protección de datos

Como se indica en el considerando 47 del RGPD, el tratamiento de datos personales con fines de marketing directo puede considerarse realizado por un interés legítimo. Es decir, ponerse en contacto con los clientes en relación con los productos y servicios ofrecidos por el remitente de la comunicación de marketing electrónico (“Remitente”) puede, en general, justificarse en virtud del Art. 6(1) lit. f) del RGPD para los fines de los intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento (es decir, el remitente), salvo cuando prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado que requieran la protección de los datos personales, en particular cuando el interesado sea un niño. La ponderación de intereses debe realizarse caso por caso.

Esto significa que no es necesario el consentimiento previo (es decir, la aceptación) en relación con la comercialización electrónica dirigida a clientes existentes cuando los datos de contacto de los destinatarios fueron obtenidos por el remitente en el contexto de la venta de sus productos o servicios. El remitente puede utilizar los datos de contacto para enviar información de marketing electrónico (por ejemplo, por correo electrónico) con fines comerciales si dicha comunicación de marketing está relacionada con los propios productos o servicios similares del remitente y se ofreció al destinatario la posibilidad de oponerse a recibir dicha información de marketing (opt-out).

Directiva 2009/136/CE

DIRECTIVA 2002/58/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de julio de 2002 relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas)

➡️  ¿Cuándo se considera reforma?

DIRECTIVA 2002/58/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 12 de julio de 2002 relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas)

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