Decreto 22 marzo 2019

Acuerdos de inversión de la UE

La propuesta de ley pretende hacer frente a las políticas de optimización fiscal global que han adoptado algunas empresas de Internet y de tecnología para aprovechar sus beneficios a nivel mundial. De hecho, muchas grandes empresas tecnológicas han establecido su sede europea en Irlanda, un país con impuestos más bajos aplicables a los ingresos de dichas empresas, en comparación con otros Estados miembros de la UE. Estas empresas suelen trasladar sus ingresos a Irlanda para beneficiarse de los menores impuestos que allí se aplican. Estas prácticas son cada vez más criticadas y consideradas como métodos de “fiscalidad injusta”, como ha puesto de manifiesto el reciente movimiento de los “chalecos amarillos” en Francia. Teniendo en cuenta estas circunstancias, el Gobierno francés ha considerado necesario tomar medidas para imponer impuestos más altos a dichas empresas, mitigando su transferencia de ingresos a países con tipos impositivos más bajos.

Según el artículo 1 del proyecto de ley, el suministro, mediante comunicaciones electrónicas, de una interfaz digital que permita a los usuarios de Internet ponerse en contacto e interactuar con otros usuarios de Internet, especialmente con vistas a la entrega de bienes y servicios directamente entre estos usuarios, estaría sujeto al nuevo impuesto. De conformidad con el apartado 2 del artículo 1 del proyecto de ley, estarían sujetos al impuesto los servicios comercializados a los anunciantes, o a sus agentes, destinados a colocar mensajes publicitarios específicos en una interfaz digital sobre la base de los datos relativos al usuario que la consulta, y recogidos o generados durante la consulta de dichas interfaces. Estos servicios pueden incluir servicios de compra, almacenamiento y/o distribución de mensajes publicitarios, de control de la publicidad y de medición de los resultados, así como servicios de gestión y transmisión de los datos de los usuarios.

➡️  Ayudas feder 2016

Faq fdi

Este caso se refiere a una controversia sometida al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (“CIADI” o el “Centro”) sobre la base del Tratado entre los Estados Unidos de América y la República Oriental del Uruguay relativo al fomento y la protección recíproca de las inversiones, firmado el 4 de noviembre de 2005 y en vigor el 1 de noviembre de 2006 (el “Tratado”), y el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados, que entró en vigor el 14 de octubre de 1966 (el “Convenio del CIADI”).

Esta controversia se refiere a la revocación por parte de Uruguay de la licencia de la Demandante para prestar servicios de datos inalámbricos en Uruguay, a través de la empresa uruguaya Trigosul S.A. (“Trigosul”), y que supuestamente infringió disposiciones del Tratado.

El 16 de febrero de 2016, el CIADI recibió una Solicitud de Arbitraje de esa misma fecha de Italba contra Uruguay (la “Solicitud”). La Solicitud fue complementada por las cartas de la Demandante de fecha 10 y 20 de marzo de 2016.

El 24 de marzo de 2016, el Secretario General del CIADI registró la Solicitud de conformidad con el Artículo 36(3) del Convenio del CIADI y notificó a las Partes el registro. En la Notificación de Registro, la Secretaria General invitó a las Partes a proceder a constituir un tribunal arbitral lo antes posible, de conformidad con la Regla 7(d) de las Reglas Procesales del CIADI para la Iniciación de Procedimientos de Conciliación y Arbitraje.

Ley de Comercio Exterior y Pagos

DISI – Convocatoria de las selecciones para la concesión de la beca de estudio nº 1 para doctorandos sin derecho a beca de doctorado y matriculados en la Escuela Internacional de Doctorado TIC de la Universidad de Trento (Decreto nº 163/2019)

➡️  Prevision tipos de interes 2025

Departamento de Física – Convocatoria de las selecciones para la concesión de la beca de estudio n.º 1 para doctorandos sin derecho a beca de doctorado y matriculados en el Curso de Doctorado en Física de la Universidad de Trento (Decreto n.º 24/2019)

Dipartimento di Sociologia e Ricerca Sociale: convocatoria para la concesión de n. 2 premios de laurea sobre temas relacionados con la administración pública, el trabajo, la comunicación y las reformas institucionales

Proyección de Fdi

Se aceptarán cancelaciones por escrito hasta el 22 de marzo de 2019, fecha hasta la cual se reembolsará el 70%. No habrá reembolsos por cancelaciones recibidas después de esta fecha, aunque se podrán hacer sustituciones hasta el 24 de mayo de 2019.

Cualquier empresa farmacéutica italiana que apoye o participe en un congreso en el extranjero, está sujeta a una autorización por parte de la AIFA (Agencia Italiana del Medicamento), según un Decreto del Gobierno italiano (Decreto Legislativo 219/06 – art. 124).

La solicitud de autorización debe presentarse en un plazo de 70 días antes de la fecha de inicio del evento. La agencia designada para recoger todas las solicitudes de las empresas farmacéuticas y presentarlas ante la AIFA es:

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