España certificado a1
Como las estadísticas del ACNUR se basan generalmente en los datos de los países de acogida, las estadísticas sobre los refugiados por sí solas pueden dar una cuenta insuficiente del número de refugiados, ya que algunos países de acogida no conceden el estatuto de refugiado a ciertos grupos. La inclusión de las estadísticas de personas en situación similar a la de los refugiados es un intento de dar cuenta de los refugiados no reconocidos y no incluye a los desplazados internos. Las estadísticas de los refugiados apátridas se incluyen si están disponibles.
La Comisión Española para los Refugiados (CEAR) es una organización sin ánimo de lucro fundada en 1979. Su carácter es voluntario, humanitario, independiente y plural. CEAR se fundó sobre la base de fuertes valores éticos, como la justicia, la solidaridad, la libertad, la igualdad, la pluralidad, la transparencia y la coherencia. Su misión es defender y promover los derechos humanos y el desarrollo integral de los refugiados, apátridas y migrantes que necesitan protección internacional y/o están expuestos a la exclusión social.
– Modelo de incidencia/impacto social y participación (impacto, sensibilización y gestión del conocimiento, redes y movimientos sociales, estrategia internacional, convivencia intercultural, voluntariado y participación social)
Seguridad Social en España
Hemos tratado con miles de clientes de todo el mundo que se han trasladado a España. Y hasta ahora, ninguno se ha arrepentido de su elección. De hecho, ocurre todo lo contrario. Todos están completamente encantados con su nueva experiencia.
¿Cómo se traduce eso? No encontrará ninguna dificultad para integrarse en este lugar. El país está poblado por gente de todo el mundo. De ahí que toda diferencia sea completamente bienvenida y normal.
Por lo tanto, te resultará muy fácil empezar tu nueva vida aquí. Porque te encontrarás con un amplio grupo de personas afines que están o estuvieron en la misma situación que tú. Personas que también abandonaron su país para crear un nuevo futuro en España. Y todos ellos pasaron por el mismo proceso, por lo que podrás beneficiarte de su ayuda.
Les gusta mucho pasar tiempo juntos al aire libre, tomando una cerveza en un bar con terraza. Encontrarás gente en la calle todo el tiempo. Ya sea para desayunar, comer, tomar un café por la tarde o cenar, los ciudadanos del país salen mucho.
Asesoramiento jurídico gratuito en España
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice ayudas y prestaciones sociales suficientes en situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo, y que las ayudas y prestaciones complementarias serán gratuitas – Artículo 41 Constitución Española de 1978
Si has cotizado a la Seguridad Social durante un total de 180 días en los últimos cinco años y no puedes trabajar por enfermedad o accidente, puedes solicitar prestaciones económicas por enfermedad (subsidio de enfermedad) durante un máximo de 365 días (más otros 180 días por recomendación de un médico).
Se percibe el 60 % de la base de cotización mensual durante 20 días y el 75 % después. Se accede a la prestación económica por enfermedad entregando un certificado médico a la empresa, o al INSS si se es autónomo.
Las trabajadoras por cuenta ajena y algunas autónomas tienen derecho al Permiso de la Maternidad retribuido a partir de la fecha del parto (y ocasionalmente antes) o de la decisión oficial de adopción o acogimiento.
Pregunte a un abogado español
Si estás recibiendo prestaciones por desempleo en cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza, puedes seguir recibiéndolas en cualquier otro país del EEE (por ejemplo, España) mientras buscas trabajo aquí. Sin embargo, hay que cumplir ciertos requisitos:
Lo contrario también es cierto: si estás trabajando en España y acabas en el paro, puedes realizar los trámites inversos para recibir la prestación por desempleo en cualquier otro país de la UE/EEE o Suiza.
La cuantía a percibir como prestación por desempleo se establece en función del salario medio por el que hayas cotizado (sin contar las horas extras) durante los 6 meses anteriores a quedarte en paro. Durante los primeros 180 días de desempleo, percibirá el 70 % de esa media y después el 50 %.
Se deducirá del primer pago del subsidio una cantidad equivalente a 10 días y se abonará con el último pago. Durante la percepción del subsidio, el trabajador cotizará a la Seguridad Social por el 100% del importe de la paga correspondiente, que se deducirá de la prestación.