La ley orgánica 3 2007

Georgi Vinogradov

Con la creación del Observatorio de la Igualdad seguimos la Ley Orgánica de Universidades aprobada en marzo de 2007 y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de hombres y mujeres (LOIEMH).

Los objetivos del Observatorio de Igualdad son visibilizar las desigualdades entre hombres y mujeres en el ámbito universitario, recoger y analizar datos estadísticos que actualicen y amplíen el diagnóstico “Hombres y mujeres en la Universidad de Valencia” y elaborar señales de igualdad de género.

El Observatorio se considera una herramienta para detectar las desigualdades existentes en la Universidad de Valencia y presentar informes y estadísticas que permitan cumplir los objetivos del Plan de Igualdad.

Una de las principales actividades del Observatorio para la Igualdad es elaborar y publicar datos sobre la situación de la igualdad de hombres y mujeres en nuestra universidad. Para ello, la página web de la Unidad de Igualdad, creará un espacio exclusivo del Observatorio con datos cuantitativos y cualitativos sobre la existencia de la desigualdad en términos de sexo en la Universidad de Valencia. Además, esta iniciativa ha recibido fondos del Campus de Excelencia Internacional VLC / CAMPUS, financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Josh.

Esta ley anima a las empresas a promover condiciones de igualdad entre hombres y mujeres. Las empresas privadas de más de 250 empleados y todas las empresas públicas y administraciones públicas deben elaborar un diagnóstico de igualdad y un plan de acción.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) también ha emitido un Código de Gobierno Corporativo que recomienda que los consejos de administración de las empresas cotizadas incluyan a mujeres con una formación empresarial adecuada a la hora de buscar nuevos consejeros. Las empresas que no sigan la recomendación de un consejo de administración formado por un 40% de mujeres deben dar una explicación.

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La guerra de las galaxias

Breve historiaEl Instituto de la Mujer fue creado por la Ley nº 16/1983, de 24 de octubre. Nació como un organismo autónomo adscrito, en aquel momento, al Ministerio de Cultura, con el fin de reforzar los principios constitucionales recogidos en los arts. 9.2 y 14, y promover las condiciones para facilitar la igualdad social entre mujeres y hombres, así como apoyar la participación de las mujeres en la vida política, cultural, económica y social.

Con la aparición del Instituto de la Mujer surgió una política institucional de igualdad de oportunidades, recogida en cuatro Planes de Igualdad de Oportunidades de la Mujer, destinados a erradicar las diferencias y discriminaciones de género, desde 1988 hasta 2005. El IV Plan de Igualdad de Oportunidades de la Mujer 2003-2006 se inspiró en las directivas comunitarias y en la Estrategia Marco Comunitaria para la Igualdad entre Hombres y Mujeres (2001-2005), y trató de reforzar la integración de la perspectiva de género, promoviendo políticas específicas de igualdad de oportunidades y acciones positivas.

En marzo de 2004, el Gobierno se comprometió aún más al crear la Secretaría General de Políticas de Igualdad en el Ministerio de Empleo y Asuntos Sociales, a la que se adscribió el Instituto de la Mujer. Este marco institucional fue el impulsor de las dos leyes más significativas aprobadas en materia de igualdad de género: la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; y la Ley Orgánica 3/2007, de 3 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Estas leyes fueron iniciativas pioneras en el marco legislativo de los Estados miembros de la Unión Europea.

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C&A

La Comisión de Igualdad fue creada por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Europea del Atlántico en virtud de las competencias descritas en el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funcionamiento (Decreto 41/2016, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria).

Su misión y compromiso es establecer y desarrollar políticas que integren la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como promover el impulso y el fomento de medidas para conseguir la igualdad real en nuestra comunidad universitaria.

Para ello, se establecerán políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres dentro del principio y marco estratégico de la Política Corporativa y de Recursos Humanos, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Podrán participar en él las personas pertenecientes a la comunidad universitaria de forma libre y voluntaria tras la oportuna convocatoria pública que se anunciará en los tablones oficiales y otros medios de comunicación interna establecidos en la universidad, siendo posteriormente designados por el Consejo de Gobierno.

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