Sepblac
Este Reglamento establece normas armonizadas sobre la transparencia que los participantes en los mercados financieros y los asesores financieros deben aplicar en relación con la integración de los riesgos de sostenibilidad, la consideración de los impactos adversos de la sostenibilidad y la información relacionada con la sostenibilidad relativa a los productos financieros.
Los riesgos y factores ASG se están integrando en el proceso de selección y seguimiento de los activos que intervienen en las decisiones de inversión o en el servicio de asesoramiento de inversiones. Se formaliza a través de los correspondientes marcos de actuación de los diferentes comités de inversores, tomando como referencia tanto los criterios propios del banco como la información de proveedores y analistas especializados en la materia.
Además, el Banco velará por que su actividad se desarrolle de acuerdo con un conjunto de valores, principios, criterios y actitudes orientados a lograr la creación sostenida de valor para los accionistas, los empleados, los clientes y para la empresa en su conjunto.
Es obligatorio para todas las entidades financieras disponer de copias digitales de determinados documentos personales de sus clientes para verificar su identidad, su actividad económica o profesional o el origen de sus fondos, según la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales.
Delito Predicado | Ley Contra el Lavado de Dinero, 2010 (BL178)
En el mes de febrero finalizó el periodo de consultas del Proyecto de Ley de modificación de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y lucha contra la financiación del terrorismo, así como el proyecto de modificación del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el derecho derivado de la citada Ley 10/2010.
Ambos proyectos tienen una doble finalidad: por un lado, transponer al ordenamiento jurídico español algunos de los puntos pendientes de la IV Directiva Europea*; y por otro, realizar determinadas modificaciones normativas para reforzar los mecanismos de prevención.
En concreto, el proyecto de Real Decreto realiza una serie de ajustes para adaptar la norma a las modificaciones incluidas en el anteproyecto de ley, con el fin de mejorar la eficacia de la ley y su contenido.
La Disposición Adicional, que aborda dos cuestiones, se refiere a la pérdida de la calificación de “tercer país equivalente”, y al mantenimiento de una lista de Estados, territorios o jurisdicciones que la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera considera que tienen la condición de tercer país equivalente.
Antiblanqueo de dinero
Lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismoLa lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo contribuye a la seguridad mundial, la integridad del sistema financiero y el crecimiento sostenible
La Comisión Europea lleva a cabo evaluaciones de riesgo para identificar y responder a los riesgos que afectan al mercado interior de la UE. Promueve la adopción de soluciones globales para responder a estas amenazas a nivel internacional. La Unión Europea adoptó una sólida legislación para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que contribuye a esos esfuerzos internacionales. La Comisión garantiza la aplicación efectiva de esta legislación revisando la transposición del acervo de la UE y trabajando con redes de autoridades competentes.
Es esencial que los guardianes (bancos y otras entidades obligadas) apliquen medidas para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. La trazabilidad de la información financiera tiene un importante efecto disuasorio. La Unión Europea adoptó la primera Directiva contra el blanqueo de capitales en 1990 con el fin de evitar el uso indebido del sistema financiero para el blanqueo de capitales. En ella se establece que las entidades obligadas deben aplicar los requisitos de diligencia debida con respecto a los clientes al entablar una relación comercial (es decir, identificar y verificar la identidad de los clientes, controlar las transacciones e informar de las transacciones sospechosas). Esta legislación se ha revisado constantemente para mitigar los riesgos relacionados con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Ley contra el blanqueo de capitales de 2010
Esta Ley Revisada es una consolidación administrativa de la Ley de Justicia Penal (Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo) de 2010. Ha sido elaborada por la Comisión de Reforma Legislativa de acuerdo con su función en virtud de
Funciones transferidas y referencias al “Departamento de Gasto Público y Reforma” y al “Ministro de Gasto Público y Reforma” interpretadas (14.12.2011) por la Ley de Gasto Público y Reforma (Transferencia de la Administración Departamental y Ministerial
Delitos previstos en los artículos 7, 8, 9, 10, 35, 37, 38, 42 y 49 prescritos como “delitos relevantes” a efectos de la Ley de Justicia Penal de 2011 (22/2011) (9.08.2011) por la Ley de Justicia Penal de 2011 (22/2011), s. 3(1) y sch. 1 par. 21, S.I. nº 411 de 2011.