Erap
Animamos a los inquilinos a que completen su parte de la solicitud e introduzcan el número de teléfono y la dirección de correo electrónico de su casero. Nos pondremos en contacto con ellos y les pediremos que presenten la solicitud. Si aún así no participan, usted tendrá la documentación de que hizo su parte para recibir asistencia.
A partir del 17 de agosto, las solicitudes aprobadas por el Estado para la ayuda al alquiler se pagarán utilizando una empresa de procesamiento de pagos de terceros, BIll.com. Bill.com es un software de pago que utiliza seguridad a nivel bancario, cortafuegos y encriptación de cualquier dato sensible o personal. Para cualquier otra duda que tenga en relación con bill.com, consulte https://www.bill.com/security. Este procesador de pagos se especializa en el envío de ePayments y cheques al destino necesario. Es importante tener en cuenta que el estado también se asocia con organizaciones sin ánimo de lucro para ayudar con el programa de ayuda al alquiler. Si su solicitud es revisada y procesada por uno de esos socios, el pago vendrá de esa organización.
Neighborly, el software de solicitud utilizado por el Estado, es el primer paso para iniciar el proceso de pago. Una vez que la solicitud esté completa y el Estado haya aprobado esta solicitud, usted recibirá un correo electrónico detallando esta aprobación. Poco después, también recibirá un correo electrónico de invitación de Bill.com para configurar su cuenta para el pago. Por favor, no vaya a Bill.com y cree su propia cuenta de Bill.com de antemano. El correo electrónico de invitación de Bill.com incluirá un enlace único para crear su cuenta y registrarse en ePayment. Este correo electrónico no debe ser reenviado ni compartido con otras personas.
Ayuda a la vivienda
Los inquilinos y los propietarios pueden averiguar qué cubre la ayuda de emergencia para el alquiler, cómo funciona y quién puede optar a ella en el portal interinstitucional de la vivienda alojado por la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB).
Para satisfacer esta necesidad, el programa de Ayuda de Emergencia para el Alquiler pone a disposición fondos para ayudar a los hogares que no pueden pagar el alquiler o los servicios públicos. Se han establecido dos programas distintos: ERA1 proporciona hasta 25 mil millones de dólares bajo la Ley de Asignaciones Consolidadas, 2021, que fue promulgada el 27 de diciembre de 2020, y ERA2 proporciona hasta 21,55 mil millones de dólares bajo la Ley del Plan de Rescate Americano de 2021, que fue promulgada el 11 de marzo de 2021. Los fondos se proporcionan directamente a los estados, territorios de EE.UU., gobiernos locales y (en el caso del ERA1) a las tribus indígenas. Los beneficiarios utilizan los fondos para proporcionar asistencia a los hogares que cumplen los requisitos a través de programas de ayuda al alquiler existentes o de nueva creación.
Quién puede solicitar la ayuda al alquiler
Si no ha recibido una decisión sobre su solicitud, sepa que todavía hay fondos disponibles para este programa. El proceso de revisión continuará durante las próximas semanas, y los fondos seguirán llegando a los solicitantes aprobados hasta principios del verano. Por favor, siga revisando su correo electrónico y el portal de solicitudes para conocer el estado de las mismas mientras procesamos las solicitudes.
Además, queríamos aprovechar esta oportunidad para responder a cinco de las preguntas más frecuentes al centro de llamadas para proporcionar algo de claridad. Nuestro objetivo es ser lo más transparentes posible, así que antes de ponerse en contacto con el centro de llamadas, revise las siguientes preguntas frecuentes.
Los inquilinos tienen derecho a recibir una subvención única de hasta 25.000 dólares pagada directamente al propietario en su nombre. Sin embargo, si el propietario decide no completar su solicitud, los inquilinos pueden recibir los pagos del ILRPP directamente. Los importes de las subvenciones variarán y se ajustarán a las necesidades específicas del inquilino.
La ayuda cubrirá hasta 18 meses de pagos de alquiler de emergencia, incluyendo hasta 15 meses de pagos de alquiler no realizados y hasta tres meses de pagos de alquiler futuros. Los alquileres que se deban desde junio de 2020 hasta abril de 2022 podrán pagarse con los fondos del ILRPP.
Programa de ayuda al alquiler
Para poder optar a este programa, las familias deben tener unos ingresos totales antes de impuestos de 40.000 dólares o menos, haber trabajado en algún momento del último año y tener al menos un hijo a cargo. Los clientes actuales tienen que volver a solicitarlo cada año.
Nota: La ayuda a los ingresos incluye una subvención a la vivienda. No se permiten las subvenciones a la vivienda de dos fuentes. Excepción: Usted puede ser elegible para el Programa de Asistencia de Alquiler si tiene documentación de su asistencia de ingresos que termina y recibe Servicios Médicos.
Debe tener una cuenta bancaria para recibir los pagos de la ayuda al alquiler. La ayuda en efectivo sólo se paga mediante depósito directo en su cuenta bancaria el último día laborable de cada mes. Si no tiene actualmente una cuenta bancaria, deberá abrir una.
Si no tiene el consentimiento de la CRA y no tiene su declaración de la renta y el aviso de evaluación, puede entrar en su cuenta de la Agencia Tributaria en www.cra.gc.ca/myaccount e imprimir su evaluación o llamar a la CRA al 1-800-959-8281 o