Uscis
Nota: Los inmigrantes que no están legalmente presentes no califican para un plan de salud a través de Covered California; sin embargo, pueden calificar para la cobertura a través de Medi-Cal hasta la edad de 26 años o para la cobertura de embarazo. Los inmigrantes que no están legalmente presentes también pueden comprar un seguro médico privado por su cuenta fuera de Covered California. Además, algunos condados ofrecen otras opciones de atención médica para los inmigrantes que no están legalmente presentes. Para solicitar cobertura, llame al (800) 300-1506 o solicite con un inscriptor certificado o con su condado. Obtenga información sobre cómo solicitar Medi-Cal.
Prueba de ciudadanía estadounidense
(4) Una licencia de conducir válida emitida por el Estado si el Estado que emite la licencia requiere una prueba de ciudadanía estadounidense, u obtiene y verifica un SSN del solicitante que es ciudadano antes de emitir dicha licencia.
(i) Prueba documental expedida por una tribu india reconocida a nivel federal e identificada en el Registro Federal por la Oficina de Asuntos Indígenas del Departamento del Interior de los Estados Unidos, e incluyendo las tribus situadas en un Estado que tenga frontera internacional, que
(b) Prueba de ciudadanía. Si un solicitante no proporciona pruebas documentales de la lista en el párrafo (a) de esta sección, lo siguiente debe ser aceptado como evidencia satisfactoria para establecer la ciudadanía si también se acompaña de un documento de identidad enumerado en el párrafo (c) de esta sección –
(1) Un certificado de nacimiento público de los EE.UU. que demuestre el nacimiento en uno de los 50 Estados, el Distrito de Columbia, Guam, Samoa Americana, la Isla de Swain, Puerto Rico (si ha nacido en o después del 13 de enero de 1941), las Islas Vírgenes de los EE.UU. o la CNMI (si ha nacido después del 4 de noviembre de 1986, (hora local de la CNMI)). El documento de registro de nacimiento puede ser emitido por un Estado, Mancomunidad, Territorio o jurisdicción local. Si el documento muestra que el individuo nació en Puerto Rico o en las Islas Marianas del Norte antes de la fecha aplicable mencionada en este párrafo, el individuo puede ser un ciudadano naturalizado colectivamente. Lo siguiente establecerá la ciudadanía estadounidense para los individuos naturalizados colectivamente:
Solicitar la ciudadanía estadounidense
1. Cómo renunciar a la ciudadanía estadounidense? 2. Renuncia a la ciudadanía estadounidense – Paso a paso 3. ¿Cuánto cuesta renunciar a la ciudadanía estadounidense? 4. ¿Cuál es la diferencia entre renunciar a la ciudadanía estadounidense y renunciar a ella? 5. ¿Qué es un acto de expatriación?
6. ¿Quién es un expatriado cubierto? 7. ¿Qué debo saber sobre mi declaración final de impuestos? 8. ¿Qué es el impuesto de salida y cómo puedo presentarlo? 9. ¿Renunciar a la ciudadanía estadounidense anula automáticamente mis obligaciones fiscales? 10. Renunciar a la ciudadanía estadounidense – Implicaciones en el extranjero11. Procedimiento de relevo para estadounidenses accidentados
Renunciar a la ciudadanía estadounidense es un paso serio que afecta a la vida. Por lo tanto, debe analizar todos los pros y los contras que tendrá después antes de considerar tomar esta decisión.
Para renunciar a la ciudadanía estadounidense, necesita tener un segundo pasaporte (ciudadanía de otro país). Deberá llevarlo a la cita para la renuncia. El Departamento de Estado denegará a cualquier persona el derecho a renunciar a su ciudadanía estadounidense si no tiene un segundo pasaporte.
Certificado de ciudadanía de EE.UU.
Si obtiene la nacionalidad estadounidense y es padre o madre, sus hijos no ciudadanos también se convierten en ciudadanos en algunos casos. Esto se llama ciudadanía “derivada”. PERO todavía necesita obtener documentos como un certificado de ciudadanía o un pasaporte, para PROBAR que su hijo es un ciudadano. Esta hoja informativa le indica cómo obtener estos documentos.
Esta hoja informativa no ofrece información sobre el proceso de obtención de documentos para probar la ciudadanía de los niños nacidos en los EE.UU., los niños nacidos fuera de los EE.UU. de padres ciudadanos estadounidenses, o los niños adoptados por ciudadanos estadounidenses.
Esta hoja informativa habla de los formularios que se encuentran en Internet. Si no tiene un ordenador, puede utilizar uno en cualquier biblioteca pública. También puede llamar a la agencia mencionada y pedir que le envíen el formulario.
Si todo esto es cierto, tu hijo se convierte automáticamente en ciudadano estadounidense en la mayoría de los casos. Pero tienes que conseguir una prueba de ciudadanía para el niño. Puede hacerlo obteniendo un certificado de ciudadanía o una libreta o tarjeta de pasaporte.