Regulation eu 2015 2120

C-807/18

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativo al acceso abierto a internet, al servicio universal y a los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión.

Europa debe aprovechar las nuevas fuentes de crecimiento para recuperar la competitividad, impulsar la innovación y crear nuevos puestos de trabajo. La economía mundial está evolucionando hacia una economía de Internet, y las TIC deben ser plenamente reconocidas como una fuente de crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Europa no puede permitirse el lujo de renunciar a los beneficios de las tecnologías conectadas, que representan el 50% del aumento de la productividad en los últimos años, en todos los sectores; que crean cinco puestos de trabajo por cada dos que se pierden; que son un motor de nuevos servicios innovadores que pueden alcanzar rápidamente una escala mundial si se les permite crecer.

La propuesta de este Reglamento fue adoptada el 11 de septiembre de 2013 por la Comisión Europea como parte de un paquete legislativo para un “Continente conectado: Construir un mercado único de las telecomunicaciones”, cuyo objetivo es construir un continente europeo conectado y competitivo y permitir la creación de empleos e industrias digitales sostenibles.

Regulación de la Internet abierta

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Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas relativas al acceso abierto a internet y por el que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y el Reglamento (UE) nº 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión (Texto pertinente a efectos del EEE)

Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas relativas al acceso abierto a internet y por el que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y el Reglamento (UE) nº 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión (Texto pertinente a efectos del EEE)

Reglamento sobre la itinerancia 531/2012

De acuerdo con el artículo 5.1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas relativas al acceso abierto a internet y por el que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y el Reglamento (UE) n.º 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión, en adelante el Reglamento, las autoridades nacionales de reglamentación publicarán anualmente informes sobre su seguimiento y sus resultados, y los presentarán a la Comisión y al ORECE el 30 de junio. Este primer informe abarca el período comprendido entre el 30 de abril de 2016 y el 30 de abril de 2017.

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Eliminación de las tarifas de itinerancia

Las disposiciones sobre la neutralidad de la red se recogen en el Reglamento (UE) 2015/2120 sobre el acceso abierto a internet. Este Reglamento tiene por objeto establecer normas comunes para salvaguardar un trato igual y no discriminatorio del tráfico en la prestación de servicios de acceso a internet y los derechos conexos de los usuarios finales. Pretende proteger a los usuarios finales y, al mismo tiempo, garantizar el funcionamiento continuado del ecosistema de internet como motor de innovación.

El Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE) ha publicado las Directrices de Neutralidad de la Red el 30 de agosto de 2016. Previamente, el ORECE realizó una consulta pública durante 6 semanas (cerrada el 18 de julio de 2016, a las 14:00 CET).

El Reglamento 2015/2120, que entró en vigor en noviembre de 2015, sirve de base para salvaguardar la neutralidad de la red. Según el Reglamento, las autoridades nacionales de reglamentación deben supervisar el cumplimiento de las disposiciones y promover la disponibilidad continua de servicios de acceso a Internet no discriminatorios. El Reglamento obliga al ORECE a publicar directrices sobre la neutralidad de la red.

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