Zoom Webinar : Conferencia sobre la Iniciativa de la Franja y la Ruta en África
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 apartados 1 y 2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, y en el artículo 2.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, y con el fin de dar publicidad a nuestra entidad y a la información relevante sobre la misma, la FIBHULP está inscrita en el Registro de Transparencia de la Comunidad de Madrid desde el 4 de marzo de 2021 con el número de registro 202100170.
El Acuerdo Interinstitucional entre el Parlamento Europeo y la Comisión Europea establece las normas y principios en los que se basa el Registro de Transparencia. El primer Acuerdo (firmado en junio de 2011) se revisó al cabo de dos años. El Acuerdo revisado se adoptó en abril de 2014. La FIBHULP está actualmente inscrita en el Registro de la Unión Europea desde el 10 de mayo de 2021 con el número de registro 86699642652-90.
Conferencia sobre la Iniciativa de la Franja y la Ruta en África (Panel 2, 25 de febrero)
La Xunta de Galicia considera necesario dar un impulso democrático al país, en el que los ciudadanos sean los protagonistas a través de una mayor implicación en los asuntos públicos. Para lograr este objetivo, identificado como tal en el Programa de Impulso Democrático 2015-2016, es necesaria una mayor transparencia en la actividad de las administraciones públicas que facilite el suministro de información a los ciudadanos.
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE nº 295, de 10.12.2013), en el ámbito estatal, en la mayor parte de su normativa básica y por tanto aplicable a las instituciones autonómicas. .
Orden de 3 de marzo de 2016 por la que se aprueba el modelo normalizado de solicitud de acceso a la información pública de la Administración general y de las entidades pertenecientes al sector público autonómico de Galicia.
La normativa básica en materia de transparencia exige la publicación de las cuentas anuales que deben rendir los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación, así como los informes de auditoría y fiscalización por parte de los órganos de control externo que los emitan.
Simposios de la Facultad de Derecho de Stanford
Nuestra política de transparencia está en el corazón de nuestra organización: ser transparentes no es sólo publicar nuestras cuentas, es uno de los principios de gestión que vertebra nuestra organización y el trabajo que hacemos cada día.
De acuerdo con la Ley 19/2013 de “transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”, la Fundación A LA PAR comparte todos los documentos e informes relativos a nuestra estructura, fines institucionales, contratos, convenios y subvenciones.
Con el fin de desarrollar modelos y pautas de comportamiento profesional, ético y responsable que deben seguir todos los empleados de la Fundación A LA PAR y evitar que se lleven a cabo conductas delictivas o ilícitas en el desempeño de su actividad profesional, la Fundación establece mecanismos de seguimiento y control necesarios para garantizar su cumplimiento, y pone a disposición de todas las partes interesadas un canal de comunicación ética.
El Canal de Comunicación Ética es una herramienta que la Fundación pone a disposición de sus empleados y grupos de interés para comunicar irregularidades, incumplimientos o actuaciones contrarias a los principios de ética, integridad y honestidad.
Simposios, conferencias y debates de la Facultad de Derecho de Stanford
El Portal de la Transparencia de España está superando los retos informáticos de la administración, el proyecto les está ayudando a pasar de una cultura de datos propios a una cultura de datos abiertos. El diseño se ha beneficiado del NIF (Marco Nacional de Interoperabilidad) español y de la reutilización de herramientas de código abierto. El nuevo portal ofrece ahora acceso a una amplia gama de datos de diversas fuentes. Por ejemplo, las funciones de los ministerios, los presupuestos, las subvenciones, las auditorías y la remuneración de los funcionarios. El sitio web también atiende solicitudes específicas de otros datos.
La Ley establece la obligación de publicar activamente la información sin esperar a que los ciudadanos la soliciten específicamente (publicidad activa). También establece el derecho de acceso a la información pública sin tener que justificar la solicitud.
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno establece qué información deben publicar las autoridades públicas para conocimiento de los ciudadanos, cómo pueden los ciudadanos solicitar información a las autoridades y las normas de buen gobierno que deben cumplir los funcionarios públicos.