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El artículo 14 de la Constitución Española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Por su parte, el artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas.
La igualdad es también un principio fundamental en la Unión Europea. Desde la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam, el 1 de mayo de 1999, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre mujeres y hombres es un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.
En virtud del antiguo artículo 111 del Tratado de Roma, se ha desarrollado un acervo comunitario sobre un amplio e importante acervo en materia de igualdad de género, cuya adecuada transposición se aborda, en gran medida, en esta Ley. En particular, esta Ley incorpora al ordenamiento jurídico español dos Directivas en materia de igualdad de trato, la 2002 /73/CE, para la reforma de la Directiva 76 /207/CEE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo; y la Directiva 2004 /113/CE, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a la oferta de bienes y servicios.
Centros y programas en HKS
El Instituto de la Mujer de España, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Igualdad a través de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, trabaja para apoyar el progreso de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad desde 1983. Tiene la misión específica de fomentar la igualdad de género y la participación equitativa de mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida pública, en particular en la vida política, económica, cultural y social, y de promover y aplicar la integración de la perspectiva de género.
El Instituto es también el Organismo Nacional de Igualdad en virtud de las Directivas de Igualdad de Trato entre hombres y mujeres (la 2010/41 sobre trabajadores autónomos, la 2006/54 refundida y la 2004/113 sobre bienes y servicios) y la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida profesional y familiar de padres y cuidadores y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo. Entre las funciones específicas que desarrolla el Instituto como tal se encuentran: recibir y canalizar, en el orden administrativo, las denuncias de discriminación por razón de sexo, asistiendo de forma independiente a las víctimas de discriminación sobre cómo proceder en sus reclamaciones; elaborar y publicar informes, estudios y formular recomendaciones en materia de igualdad de género. El Instituto, en el ámbito de sus competencias, también colabora con organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal, entidades públicas o privadas y organizaciones internacionales dedicadas a temas de igualdad de género.
España igualdad de género
Esta ley anima a las empresas a promover condiciones de igualdad entre hombres y mujeres. Las empresas privadas con más de 250 empleados y todas las empresas públicas y administraciones públicas deben elaborar un diagnóstico de igualdad y un plan de acción.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) también ha emitido un Código de Gobierno Corporativo que recomienda que los consejos de administración de las empresas que cotizan en bolsa incluyan a mujeres con una formación empresarial adecuada a la hora de buscar nuevos consejeros. Las empresas que no sigan la recomendación de un consejo de administración formado por un 40% de mujeres deben dar una explicación.
Sus víctimas no lo olvidarán: “Baby Doc” Duvalier
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece la obligación de implantar planes de igualdad en las empresas de 50 o más trabajadores (Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de) marzo, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, modifica el artículo 45.2, pasando de 250 a 50 trabajadores) y en las administraciones públicas.
Además, hay que tener en cuenta, por un lado, el contenido del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, que, entre otras obligaciones, determina que los planes de igualdad deben incluir los aprobados por la auditoría de retribuciones; y por otro lado, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, para la igualdad salarial entre mujeres y hombres, que regula el contenido de dicha auditoría.