Ayuda no contributiva por discapacidad

Beneficios exportables tras el brexit

Para los países que ya recogen datos según SEEPROS (Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social), todos los datos de las variables individuales están disponibles en la base de datos SEEPROS. Para los países que no aplican el SEEPROS, los datos pueden obtenerse de las siguientes fuentes

Cuentas nacionales – rúbrica D62 (transferencias sociales en efectivo), D621 (prestaciones de la seguridad social en efectivo – los regímenes contributivos), D622 (otras prestaciones de la seguridad social – no deben incluirse según la definición convencional sobre protección social mencionada más adelante), D623 (prestaciones de asistencia social en efectivo – regímenes no contributivos), D63 (prestaciones sociales en especie). Para obtener datos sobre las ONG y los empleadores es necesario disponer de cuentas por sector institucional.

Presupuestos del Estado – presupuestos de las cajas de seguridad social (regímenes contributivos) y de las cajas de asistencia social (regímenes no contributivos). Los presupuestos estatales suelen estar disponibles en el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales, Economía y o Ministerio de Hacienda.

Prestaciones de invalidez en España

¿Cuándo puedes solicitarlas? Si no tienes ingresos suficientes para vivir y no has cotizado previamente o lo suficiente, el sistema de protección social español dispone de una serie de prestaciones no contributivas para que puedas sobrevivir al día a día:

¿Qué requisitos debes cumplir? Pensión no contributiva de invalidez: debes tener entre 18 y 65 años y un grado de discapacidad o enfermedad crónica de al menos el 65%. Ser residente en España y haber vivido en el país durante 5 años, incluidos los 2 anteriores a la solicitud de la ayuda.

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Pensión de jubilación no contributiva: debe tener 65 años o más, residir en España y haberlo hecho durante 10 años entre su 16º cumpleaños y la fecha de solicitud de la pensión, incluyendo los 2 años naturales inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.

Prestaciones para españoles residentes en el extranjero y retornados: puede obtener una ayuda para españoles residentes en el extranjero si es de origen español, nacido en España, o de origen español, nacido en otro lugar, pero ha residido en España durante al menos 10 años, siempre que haya poseído la nacionalidad española durante todo este periodo.

Discapacidad en España

¿Cuándo puedes solicitarlas? Si no tienes ingresos suficientes para vivir y no has cotizado previamente o lo suficiente, el sistema de protección social español dispone de una serie de prestaciones no contributivas para que puedas sobrevivir al día a día:

¿Qué requisitos debes cumplir? Pensión no contributiva de invalidez: debes tener entre 18 y 65 años y un grado de discapacidad o enfermedad crónica de al menos el 65%. Ser residente en España y haber vivido en el país durante 5 años, incluidos los 2 anteriores a la solicitud de la ayuda.

Pensión de jubilación no contributiva: debe tener 65 años o más, residir en España y haberlo hecho durante 10 años entre su 16º cumpleaños y la fecha de solicitud de la pensión, incluyendo los 2 años naturales inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.

Prestaciones para españoles residentes en el extranjero y retornados: puede obtener una ayuda para españoles residentes en el extranjero si es de origen español, nacido en España, o de origen español, nacido en otro lugar, pero ha residido en España durante al menos 10 años, siempre que haya poseído la nacionalidad española durante todo este periodo.

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¿Se puede seguir recibiendo prestaciones de invalidez si se traslada a otro país?

ResumenLas prestaciones especiales no contributivas (SNCB) son prestaciones destinadas exclusivamente a la protección específica de las personas con discapacidad. La legislación de la UE no permite la exportación de estas prestaciones. En este artículo se plantea si las prestaciones no contributivas discriminan a los discapacitados que ejercen su derecho a la libre circulación. En este artículo se exploran dos cuestiones más: En primer lugar, si la diferencia de trato identificada entra en el ámbito de aplicación de la legislación de la UE (incluso en virtud de las obligaciones derivadas de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), y en segundo lugar, si cualquier discriminación podría estar justificada. Se propone que los CNS se incluyan en una revisión de la compatibilidad de la legislación de la UE con la Convención de la ONU.

IntroducciónEl Reglamento 1247/92 introdujo una nueva categoría de “prestación especial no contributiva” en la coordinación de la seguridad social en la Unión Europea (UE). Las prestaciones especiales de carácter no contributivo incluyen las prestaciones destinadas exclusivamente a la protección específica de las personas con discapacidad (artículo 70, apartado 2, letra a), inciso ii)). Las prestaciones especiales no contributivas no son exportables. El presente documento se pregunta si el artículo 70 del Reglamento 883/04Footnote 1 discrimina a las personas con discapacidad en el ejercicio de su derecho a la libre circulación; y si esto se ajusta a las obligaciones de la UE en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Libre circulación y seguridad socialLos redactores del Tratado de Roma reconocieron que las condiciones de derecho contenidas en los diferentes sistemas de seguridad social de los Estados miembros podían constituir un obstáculo para el derecho a la libre circulación consagrado en el Tratado.Nota 2 El propio Tratado de Roma preveía la adopción de las medidas necesarias en el ámbito de la seguridad social para apoyar la libre circulación de los trabajadores, entre ellas:

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