Ayuda autonomos cese actividad

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Se puede solicitar una prestación económica equivalente al 70% de la base mínima de cotización correspondiente a esta actividad, que puede disminuirse del 70% al 40% si se convive con beneficiarios de esta misma prestación, vinculados por vínculo familiar o unidad de convivencia similar hasta el primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.

La prestación se puede percibir desde el día de la adopción de la suspensión o prohibición, por parte de la autoridad competente, de la actividad empresarial por cuenta propia, hasta el último día del mes en que se levante su aplicación o, en todo caso, hasta el 30 de junio de 2022, siempre que se reclame la prestación dentro de los 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la resolución de suspensión o prohibición de la actividad empresarial o, hasta el 21 de marzo de 2022 (si el requerimiento de cese de actividad fuera anterior al 1 de marzo de 2022 y no hubiera habido reclamación previa); si se solicita fuera de estos plazos, se percibirá desde el primer día del mes siguiente a la solicitud. Los beneficiarios de esta prestación a 28 de febrero de 2022, para seguir percibiéndola por mantenimiento de la suspensión de actividades a 1 de marzo de 2022, deberán presentar también la solicitud tal y como se explica en este apartado, y la recibirán no más tarde del 30 de junio de 2022.

Objetivos SMART – Resumen rápido

La Seguridad Social recuerda a los autónomos que eran beneficiarios de esta prestación a 31 de mayo y que no han vuelto a solicitar la ayuda por cese de actividad, que pagarán menos en la cuota de septiembre. Se estima que más de 200.000 autónomos podrían beneficiarse de esta exención en su cotización.

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La medida se ha puesto en marcha tras una mejora en las estimaciones de la Seguridad Social sobre el número de solicitudes de esta prestación. Inicialmente, el organismo estimaba que unos 440.000 autónomos solicitarían la prestación, cuando en realidad sólo la han reclamado 215.000 profesionales.

Por otro lado, aquellos profesionales autónomos que cumplan los requisitos establecidos y soliciten la ayuda no tendrán que pagar la cuota por las nuevas prestaciones solicitadas.

Por un lado, los autónomos pueden solicitar una de las nuevas prestaciones por cese de actividad sólo si su volumen de negocio ha experimentado un descenso o bajo rendimiento durante el verano. Si no solicitan la prestación, podrán beneficiarse de las exenciones de las cotizaciones a la Seguridad Social que se han habilitado.

RxWell de UPMC

Toda persona física que ejerza actividades empresariales como comerciante en forma de empresa individual o sociedad colectiva y que cese sus actividades debe notificarlo a los distintos organismos a los que esté afiliado o registrado.

El Ministro de Economía, responsable de las autorizaciones de actividad, debe ser informado en el plazo de un mes del cese del gestor titular de la autorización de actividad. El directivo debe enviar el original de la autorización de actividad a la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, junto con:

Por lo tanto, no es necesario que comunique el cese de la actividad a la Agencia Tributaria (Administration des contributions directes). Sin embargo, si hay una disminución previsible de los ingresos, pueden solicitar a su oficina de impuestos un ajuste de sus anticipos.

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El Gobierno de la nación ha anunciado la prórroga de estas ayudas, así como las de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE),como informamos recientemente en este mismo blog a través de un Real Decreto-Ley.

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El texto, que ya ha entrado en vigor, amplía las ayudas para proteger a los autónomos, por lo que podrán seguir disfrutando de las ayudas por cese de actividad durante todo el verano de 2021.

En este artículo, y como especialistas en asesoramiento laboral,intentaremos dar respuesta a estas cuestiones, aunque lo más importante es destacar que, con esta ampliación de la prórroga, se mantienen los beneficios extraordinarios para quienes no pueden desarrollar su actividad con normalidad.

Como principal novedad en las ayudas al cese de actividad de los autónomos para 2021, se incluyen exenciones de cotización a la Seguridad Social para todos los autónomos que hayan estado protegidos en el periodo anterior (entre febrero y mayo) durante los próximos cuatro meses, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2021.

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